REGULACIÓN AGROINDUSTRIAL DEL CANNABIS EN ECUADOR

6 /11 /2020 Autor: Abg. Agustín Sánchez Con Acuerdo Ministerial No.109-2020 de 19 de octubre de 2020, entró en vigencia el REGLAMENTO PARA LA IMPORTACIÓN, SIEMBRA, CULTIVO, COSECHA, POSTCOSECHA, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, PROCESAMIENTO, COMERCIALIZACIÓN Y EXPORTACIÓN DE CANNABIS NO PSICOACTIVO O CÁÑAMO Y CÁÑAMO PARA USO INDUSTRIAL. El citado Acuerdo Ministerial contempla siete tipos de licencias, cuya obtención se sujeta a requisitos generales y específicos para cada una de estas. I. TIPOS DE LICENCIAS Licencia 1: Para la importación y Comercialización de Semillas de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, o de Esquejes de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, o de Semillas

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